El Gasto Público

 


El Gasto Público  es la cuantía monetaria total que desembolsa el sector público para desarrollar sus actividades.

El sector público, como agente económico, tiene diferentes objetivos y funciones. Entre ellos, se encuentran objetivos como reducir la desigualdad, redistribuir la riqueza o satisfacer diferentes necesidades a los ciudadanos de un país.

En este sentido, el gasto público es el dinero que gasta el sector público en llevar a cabo una serie de actividades.


Características:

El gasto público cuenta con las siguientes características:

  • Debe ser ejecutado por una entidad pública.
  • Su inclusión como crédito presupuestario necesitará de una autorización, por parte de las cortes generales, que le permita utilizar recursos públicos para cumplir con los objetivos expuestos en los programas presupuestarios.
  • Es de carácter vinculante y limitativo, pues no puede excederse del total de gasto que ha autorizado el poder legislativo.
  • Su finalidad debe ser de utilidad pública.
  • Debe solventar y satisfacer las necesidades de una comunidad.

Principios:


          1. Debe ser destinado a satisfacer necesidades colectivas. 

          2. Deben estar en relación a la capacidad económica del país. 

          3. Debe hacerse dentro de una correcta y adecuada ordenación, de acuerdo con la importancia efectiva de las necesidades. 

          4. Deben erogarse en cuantía suficiente para atender cabalmente las necesidades colectivas.

          5. Los gastos deben estar destinados a satisfacer aquellas necesidades que sólo el Estado puede prestar.



Otros principios del gasto público son los siguientes:

En lo referente a los principios del gasto público, Harold Sommers (1967) quien nos dice que son cuatro (04) los principios que deben orientar el gasto público y con base a ello decidir acerca de la magnitud y naturaleza del gasto.

 

Los principios son los siguientes: 

         1) Principio del Gasto Mínimo: Afirma que el gobierno debe gastar lo menos que sea posible, pero sin poner en peligro la seguridad de los ciudadanos (como sería no gastar en la policía y el ejercito que representan la seguridad interna y externa del país), así mismo sólo debe intervenir en algunos servicios esenciales como la administración de justicia, construcción de caminos o servicios postales, y enfatiza que cualquier servicio que pueda ser proporcionado por la iniciativa privada debe ser excluido de los gastos del gobierno.

          2) Principio de Mínima Interferencia con la Iniciativa Privada: Dice que los bienes y servicios que proporcionen las entidades públicas no deben competir con los que ya proporcionan la iniciativa privada y establece que el gobierno no debe crear comercios al menudeo ni de bienes, ni servicios, que no sean básicos a la población. 

      3) Principio de la Máxima Ocupación: Se refiere a la función como instrumento que tiene el gasto público en ocasiones, con la finalidad de elevar el nivel de empleo ante un déficit de oferta laboral por parte de la iniciativa privada como en épocas de depresión o falta de inversión para creación de empleos. Al tratar de basarse en este principio se debe tratar de respetar el principio de interferencia mínima con la iniciativa privada y cuando se rompe tal principio las consideraciones deben ser aplicables si la finalidad es lograr la máxima seguridad social, el mayor ingreso nacional o un mayor nivel de vida. 

          4) Principio del Máximo Beneficio: Se refiere sobre el máximo beneficio colectivo, y dice que cada bolívar debe gastarse donde la utilidad marginal social sea mayor. La “desutilidad” marginal social de un bolívar obtenido por medio de impuestos debe ser igual a la utilidad marginal social de ese bolívar gastado en la mejor forma posible. 

Ahora bien, en relación con la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela los principios que se relacionan con el gasto público son: 

          a. Artículo 311: La gestión fiscal está regida y será ejecutada con base en los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. 

         b. Artículo 312: La ley fijara límites al endeudamiento público de acuerdo con un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pública. 

       c. Artículo 313: La administración económica y financiera del Estado se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por ley, el cual será presentado a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica y el proyecto de ley de presupuesto. 

         d. Artículo 314: No se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la ley de presupuesto, solo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto para gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes. Siempre que el tesoro nacional cuente con recursos para atender la respectiva erogación. 

     e. Artículo 315: En los presupuestos públicos de gastos, en todos los Gobiernos se establecerá de manera clara, para cada crédito presupuestario, el objetivo específico a que están dirigidos los resultados.

Clasificación: 

El gasto público puede clasificarse en:

  • Administrativo: gastos que efectúan dependencias y entidades públicas con el fin de ofrecer servicios públicos, seguridad, servicios comunitarios, viviendas, sanidad, transporte y otros servicios económicos.
  • Económico: identifica y agrupa los egresos del sector público en categorías similares y determinadas, de acuerdo con las características económicas de la transacción. El gasto público económico permite destinar y clasificar los gastos, según su finalidad económica, en gastos corrientes, de capital, aplicaciones financieras y transferencias.
  • Funcional: organiza el gasto público de acuerdo con la naturaleza de los servicios que brindan las entidades públicas a la comunidad. El gasto público funcional permite establecer los objetivos generales y los medios por los cuales estos se pretenden lograr.





Marco Jurídico:


El Gasto Publico tiene su sustento legal normalmente en las constituciones de los estados democráticos en las cuales se establecen las facultades del gobierno en turno para imponer las contribuciones necesarias (impuestos principalmente) que cubrirán el presupuesto de egresos de la nación o Estado. A partir de este precepto constitucional el sector público se hace de recursos financieros para llevar a cabo sus funciones, las cuales se traducen en términos financieros en el gasto público. 

Todos los gastos que efectúa un gobierno deben estar limitados en general a lo que estipulan sus leyes derivadas de sus constituciones, las cuales en general establecen que no podrá efectuarse ningún pago que no esté especificado en el presupuesto o determinado por una ley.

El Presupuesto de Egresos de un país es un documento financiero anual que indica las partidas en que será aplicado el gasto público. Para ello se elaboran leyes y reglamentos que especifican la preparación, estructura, ejecución, y control del gasto público. Para ello también se establecen Leyes sobre la Contabilidad Nacional así como las formas de presentar el presupuesto y gasto público. 

En dichas Leyes y Reglamentos por lo general se determinan disposiciones y políticas generales sobre el contenido del presupuesto público, así como las bases y las competencias de los órganos administrativos que intervienen en los diversos aspectos relacionados con el gasto público. También se establece la preparación de las iniciativas del presupuesto de egresos que se presenta cada año al poder legislativo (diputados) para que autoricen la forma de ejercer dicho gasto. 

Entre las leyes que regulan el gasto público se deben especificar las disposiciones generales para aplicar las leyes presupuestales, la contabilidad nacional y el gasto público. Normalmente son las secretarias de estado o ministerios de finanzas, los que coordinan las finanzas públicas en cada país, así como los distintos aspectos de los ingresos públicos (sobre todo los provenientes de los ingresos tributarios y endeudamiento interno y externo).

Las leyes sobre el Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público parten del principio de que el gasto público se tiene que basar en programas anuales que señalen objetivos, metas y unidades responsables de ejecución de las entidades o dependencias gubernamentales. Así mismo, éstas normalmente formulan un anteproyecto presupuestal que se le presentan a los ministerios responsables. Estos anteproyectos deben incluir informaciones descriptivas de los programas y la explicación de los aspectos macro-económicos más importantes, con la estimación de ingresos y gastos, así como los datos sobre los ingresos y gastos reales del anterior ejercicio. También debe informar sobre el estado de la Deuda Pública al terminar el último ejercicio y su estimación al fin del año del curso. 



















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